Para el próximo año, los valores fiscales de los inmuebles ubicados en Asunción, en zonas urbanas del interior y en zonas rurales de todo el país registran una leve variación de 0,2%. Sobre estos valores se determina el impuesto inmobiliario que pagarán los propietarios de inmuebles.
El Poder Ejecutivo dio a conocer ayer el Decreto N° 3.722, por el cual actualiza los valores fiscales inmobiliarios establecidos por el Servicio Nacional de Catastro del Ministerio de Hacienda.
Estos valores se utilizan como base imponible para la determinación del Impuesto Inmobiliario para el ejercicio 2010, que las municipalidades cobrarán a los propietarios de inmuebles ubicados en las diversas zonas del país.
La variación con respecto al año que fenece es de 0,2%, en la mayoría de los casos, mientras que en algunos se repiten los montos lo destinado a áreas urbanas, con pavimento asfáltico o adoquinado.
Actual
Este año, los valores fiscales con relación al 2008 tuvieron un incremento de 12,5%.
El ejercicio 2008 con relación al 2007, los valores fiscales crecieron 13,5%, de acuerdo con las estadísticas de Catastro.
Los técnicos de Hacienda explicaron que la tasa del inmobiliario es 1% y se aplica sobre el valor fiscal del terreno; en el caso de los inmuebles rurales menores a 5 hectáreas, tributan una tasa del 0,50% (siempre que sea única propiedad destinada a la actividad agropecuaria).
Señalaron que los valores se fijan, para los urbanos, por metro cuadrado de la tierra, teniendo en cuenta el tipo de pavimento o no pavimentado, así como también el tipo de construcción; en tanto que para los rurales, se fijan por hectáreas.
El valor fiscal es la suma del valor del terreno más la suma del valor edificado. Por ejemplo, si una propiedad vale 50.000.000 de guaraníes, el impuesto a ser abonado será 500.000 guaraníes.
De acuerdo con el decreto del Ejecutivo, las cifras fueron ajustadas teniendo en cuenta el porcentaje de variación correspondiente al Índice de Precios al Consumo (IPC), en el periodo de doce meses anteriores al 1 de noviembre del año civil que transcurre, según el informe estadístico brindado por el Banco Central del Paraguay (BCP).
Explica que el artículo 60 de la Ley 125/91 dispone que la base imponible del Impuesto Inmobiliario la constituye la avaluación fiscal de los inmuebles establecida por el Servicio Nacional de Catastro.
El considerando del decreto igualmente menciona que la Constitución determina que la obligación tributaria debe atenerse a la capacidad contributiva de los habitantes y a las condiciones generales de la economía del país.
Inmuebles en Asunción
De acuerdo con los datos de la Municipalidad de Asunción, en la capital existen alrededor de 136.000 inmuebles cuyos propietarios deben pagar el impuesto inmobiliario anualmente.
La Comuna capitalina este año tuvo que dar facilidades a los contribuyentes para lograr que la mayoría de los morosos se pongan al día con el pago del impuesto inmobiliario. La morosidad, sin embargo, es una situación que afecta a casi todas las comunas del país.
Algunos analistas sostienen que los valores fiscales de las tierras rurales, determinados por el Servicio Nacional de Catastro, estarían desfasados con relación a los precios que rigen en el mercado actualmente.
El Poder Ejecutivo dio a conocer ayer el Decreto N° 3.722, por el cual actualiza los valores fiscales inmobiliarios establecidos por el Servicio Nacional de Catastro del Ministerio de Hacienda.
Estos valores se utilizan como base imponible para la determinación del Impuesto Inmobiliario para el ejercicio 2010, que las municipalidades cobrarán a los propietarios de inmuebles ubicados en las diversas zonas del país.
La variación con respecto al año que fenece es de 0,2%, en la mayoría de los casos, mientras que en algunos se repiten los montos lo destinado a áreas urbanas, con pavimento asfáltico o adoquinado.
Actual
Este año, los valores fiscales con relación al 2008 tuvieron un incremento de 12,5%.
El ejercicio 2008 con relación al 2007, los valores fiscales crecieron 13,5%, de acuerdo con las estadísticas de Catastro.
Los técnicos de Hacienda explicaron que la tasa del inmobiliario es 1% y se aplica sobre el valor fiscal del terreno; en el caso de los inmuebles rurales menores a 5 hectáreas, tributan una tasa del 0,50% (siempre que sea única propiedad destinada a la actividad agropecuaria).
Señalaron que los valores se fijan, para los urbanos, por metro cuadrado de la tierra, teniendo en cuenta el tipo de pavimento o no pavimentado, así como también el tipo de construcción; en tanto que para los rurales, se fijan por hectáreas.
El valor fiscal es la suma del valor del terreno más la suma del valor edificado. Por ejemplo, si una propiedad vale 50.000.000 de guaraníes, el impuesto a ser abonado será 500.000 guaraníes.
De acuerdo con el decreto del Ejecutivo, las cifras fueron ajustadas teniendo en cuenta el porcentaje de variación correspondiente al Índice de Precios al Consumo (IPC), en el periodo de doce meses anteriores al 1 de noviembre del año civil que transcurre, según el informe estadístico brindado por el Banco Central del Paraguay (BCP).
Explica que el artículo 60 de la Ley 125/91 dispone que la base imponible del Impuesto Inmobiliario la constituye la avaluación fiscal de los inmuebles establecida por el Servicio Nacional de Catastro.
El considerando del decreto igualmente menciona que la Constitución determina que la obligación tributaria debe atenerse a la capacidad contributiva de los habitantes y a las condiciones generales de la economía del país.
Inmuebles en Asunción
De acuerdo con los datos de la Municipalidad de Asunción, en la capital existen alrededor de 136.000 inmuebles cuyos propietarios deben pagar el impuesto inmobiliario anualmente.
La Comuna capitalina este año tuvo que dar facilidades a los contribuyentes para lograr que la mayoría de los morosos se pongan al día con el pago del impuesto inmobiliario. La morosidad, sin embargo, es una situación que afecta a casi todas las comunas del país.
Algunos analistas sostienen que los valores fiscales de las tierras rurales, determinados por el Servicio Nacional de Catastro, estarían desfasados con relación a los precios que rigen en el mercado actualmente.



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